“la jerarquía católica resucitó el uso de dos normas franquistas e inconstitucionales, aprobadas en 1946 y 1947: el artículo 206 de la Ley Hipotecaria y el 304 del Reglamento Hipotecario. El primero equipara a la Iglesia con la Administración Pública, otorgándole el privilegio de acceder al Registro de la Propiedad sin título, y el segundo equipara a los diocesanos con notarios, de forma que un obispo puede certificarse a sí mismo que es el propietario de un inmueble atendiendo a lo que él diga”. A través de este procedimiento, según ha criticado Ganemos, “se han inmatriculado, sin título de propiedad, miles de bienes en España que podrían ser públicos”,
Clicar para leer a Ana Isabel Cerro en Andaluces Diario> 11/7/2015
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